La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal, a través de una Notificación por Estrados del expediente SM-JRC-172018, revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, emitida en la apelación TEEQ-RAP-6/2018 al estimar que el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) debió ejercer su facultad de investigación, debido a que el video proporcionado por el partido Morena donde se podía observar que dentro de las instalaciones de las oficinas de la Secretaría de Gestión Delegacional del Municipio de Querétaro había propaganda partidista en favor del presidente municipal Marcos Aguilar Vega, hoy con licencia; y en la cual, el IEEQ determinó la inexistencia de las conductas infractoras dadas a conocer.
La Sala Regional Monterrey señaló que dicho video genera indicios suficientes para ese efecto, por lo que deja insubsistente la resolución emitida en la denuncia IEEQ/PES/002/2017-P y le ordena –al IEEQ- decline la competencia para conocer de los hechos denunciados y remita al Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) el expediente completo, a fin de que este último radique el procedimiento en la vía correspondiente, lo instruya y realice la investigación pertinente.
Lo anterior referente a la denuncia IEEQ/PES/002/2017-P que realizara el Partido Revolucionario Institucional ante la Dirección Ejecutiva del IEEQ en contra del Partido Acción Nacional y el secretario de Gestión Delegacional del Municipio de Querétaro, Carlos Silva Resendiz, por la realización de acto anticipados de precampaña y campaña en favor del Presidente Municipal de Querétaro, Marcos Aguilar Vega, así como por el desvío de recursos públicos para promover al partido denunciado.
Esto debido al vídeo que se difundió por Facebook el 19 de diciembre de 2017, donde de acuerdo al PRI, se observa propaganda partidista en favor del alcalde en oficinas públicas.
También referente a la denuncia IEEQ/PES/003/2017-P, referente a los hechos mencionados, por considerar el partido Morena que resultan violatorios de la equidad y legalidad de la contienda electoral.
En el video señalado se puede observar la existencia de propaganda con el logotipo del partido AN, en revistas y volantes, dentro de las oficinas de la Secretaría de Gestión Delegacional del Municipio de Querétaro, en los que se difunden los logros y programas sociales de la administración 2015-2018.
Así también, se puede escuchar a su titular, Carlos Silva, advirtiendo que dicho instituto político es arrendatario de la planta baja del inmueble donde se encuentran.
Puedes ver el video aquí
El IEEQ determinó la inexistencia de las infracciones denunciadas porque, a su parecer, las pruebas aportadas no advertían indicios para acreditar actos anticipados de campaña ni promoción personalizada con uso indebido de recursos públicos. Esta resolución fue impugnada por el partido Morena y el TEEQ la confirmó
Por lo anterior, la Sala Regional determina que el IEEQ violó los principios de certeza y legalidad al no ejercer su facultad de investigación, señalando que el agravio mostrado en el video es suficiente para revocar la sentencia impugnada.