EL GOBIERNO MUNICIPAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, TRÁNSITO Y PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPAL, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 86, 87 Y 88 APARTADO A DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y 24 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE POLICÍA DE TOLIMÁN.