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  • IMSS avala licitación a favor de empresa de salud que oculta situaciones de riesgo
  • Una tubería de gas de alta presión expone a más de 600 pacientes del IMSS en Querétaro

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), asignó de manera irregular, en segundo fallo del 7 de noviembre del 2017, y exponiendo a más de 600 pacientes, la Licitación para la contratación del Servicio de Hemodiálisis Subrogada LA-019GYR047-T40-2015 a favor de las personas morales denominadas Médica Santa Carmen S.A.P.I. de C.V., Unidad de Hemodiálisis y Trasplantes del Bajío, S.A. de C.V. y Soluciones en Nefrología, S.A. de C.V., agrupadas bajo el nombre de Clínica Médica Santa Carmen por un monto total máximo de M.N.$165,269,700.43.

 

Con base en esta decisión, el IMSS ignoró la consideración de regulaciones locales, federales e internacionales ya que el representante legal de Clínica Médica Santa Carmen, Andrés Gutiérrez Kratze, encubrió las verdaderas condiciones de las instalaciones de la Clínica Médica Santa Carmen, ganadora del proceso de la siguiente forma:

 

  • Según consta en Fe de Hechos Notarial de expediente 257-17, Escritura Número 29,616, Tomo CDXXXIX de la notaría pública número 9 del Estado de Querétaro, la empresa Unidad de Hemodiálisis y Trasplantes del Bajío, S.A. de C.V., está a 20 metros de sus instalaciones una línea de gas natural de alta presión de PEMEX, la cual no sólo expone la vida de más de 600 pacientes que ahí se atiendan y sus familias, además, este factor es motivo de descalificación del proceso de contratación. Esta situación, nos recuerda la guardería ABC y el trágico incidente ocurrido en Hermosillo, Sonora hace algunos años por negligencia. De esta manera, el fallo contraviene el artículo 26 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos que estipula la distancia mínima requerida de 150m de distancia de la presencia de este tipo de instalaciones, así como la Ley Federal de Protección Civil que depende de la Secretaría de Gobernación poniendo en riesgo de intoxicación, quemaduras o incluso la vida de los pacientes por la cercanía de instalaciones de alto riesgo como son los ductos de gas. Y no sólo eso, se viola la denominada “Ley 5 de Junio” aprobada por el Gobierno Federal, cuya finalidad es proteger a los derechohabientes del riesgo latente que representan estas instalaciones. Siendo así, y derivado del engaño de la empresa Clínica Médica Santa Carmen, el IMSS no contempló la nota evaluatoria de riesgos de ubicación de Protección Civil lo cual debería nulificar el proceso de adquisición correspondiente.

 

  • Durante inspección física de las instalaciones de Unidad de Hemodiálisis y Trasplantes del Bajío, S.A. de C.V., se observó,  no sólo la presencia de los ductos de gas de PEMEX, también una “funda” de pasto sintético usada  por el representante legal de la empresa para ocultar y engañar a los inspectores, pacientes y ciudadanía en general con respecto al riesgo en el que se encuentran sus instalaciones.

 

  • Otra empresa adjudicada es Soluciones en Nefrología, S.A. de C.V., que de igual manera hace patente la mala fe de su representante legal Andrés Gutiérrez Kratze, incumple con las normas y con la misma Convención Interamericana de los Derechos Humanos ya que al cruzar la acera y a menos de los 150m requeridos, existe la presencia evidente de una estación gasolinera de PEMEX.

 

 

De está manera, el IMSS está en una posición vulnerable por la indebida valoración y adjudicación del proceso de contratación del Servicio de Hemodiálisis Subrogada en el estado de Querétaro.

 

El Órgano interno de Control queda a cargo de avalar el fallo de esta licitación exponiendo a pacientes con riesgo de explosión, intoxicación o quemaduras por la cercanía de estas instalaciones de alto riesgo que deberían prohibir la operación de la empresa ganadora de una licitación de más de 160MDP.

 

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